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El día que hay que acudir a la notaría para la venta-compra de una vivienda hemos se tener muy claro que documentación es necesaria y que debemos llevar, para evitar  tener sustos en el  último momento en un momento que suele ser tan crucial para ambas partes. A la notaría se suele acudir con cita previa y no es momento para errores.

Documentación que llevaremos a la notaría sis somos vendedores

  • En primer lugar, el documento nacional de identidad de los propietarios de la vivienda que se va a vender (muy importante, aseguraros de que estén en vigor).
  • En segundo lugar y no menos importante, escrituras o título de propiedad o adjudicación de herencia en caso de la vivienda que se vaya a vender se heredada.
  • Todos debemos saber que un inmueble debe transferirse libre de cargas para ello necesitamos los recibos de los últimos cuatro años del IBI, hay en algunas comunidades autónomas o notarias que con el último recibo sería suficiente, lo recomendable los últimos  cuatro años.
  • Nota simple registral. En ella nos describe, nos ubica la vivienda, nos dice quiénes son los propietarios y si tiene alguna carga como pueda ser una hipoteca.
  • También vamos a necesitar un certificado de la comunidad en el que nos indique que estamos al corriente de pago de las cuotas ordinarias o extraordinarias de la vivienda, para ello ha de pedírselo al administrador de la finca o en su defecto al presidente  o secretario.
  • En caso de que en la nota simple aparezca una hipoteca registrada deberemos de llevar también un certificado de deuda pendiente con la cantidad total a cancelar, en caso de que la hipoteca ya no esté en vigor deberemos llevar un certificado de deuda cero. En ambos , se nos detendrá una pequeña cuantía económica para post venta hacer el levantamiento en el registro de la propiedad mediante una carta de pago para que así el nuevo comprador inscriba el piso a su nombre sin ninguna carga que a él no le corresponda.
  • En último lugar, el certificado de eficiencia energética, en él nos indica la capacidad que tiene nuestra vivienda a la hora de cuidar el medio ambiente mediante a energía consumida, esto es obligatorio para viviendas tanto en venta como en alquiler, lo  exige el ministerio de industria enérgica y turismo y debe de hacerlo un arquitecto homologado para ello.

A continuación, os dejo un vídeo explicativo y espero que les sirva para resolver sus pequeñas dudas o incógnitas.

Si tiene cualquier otra consulta, pueden acudir a alguna de nuestras inmobiliarias en Leganés les asistirá un asesor inmobiliario, o directamente yo.