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Vender una vivienda parece sencillo, pero hay muchos trámites, documentos y contratos que tenemos que tener en regla. A todo ello hay que añadir los impuestos que hay que pagar por la venta de una casa. Para evitarnos sustos cuando vendemos una casa en Leganés, o en cualquier otra ciudad,   hemos de conocer qué impuestos debemos pagar, ser previsores y cumplir con las obligaciones fiscales.

  • Plusvalía municipal.
  • IBI
  • IRPF.

 

Los principales cargos a pagar en el momento de la venta de una vivienda 

Plusvalía Fiscal en Leganés

Es el Impuesto que se paga por el aumento del valor del suelo urbano al vender, heredar, donar o transmitir una vivienda.

Cada ayuntamiento define cuánto se debe pagar por la plusvalía municipal, aunque este impuesto nunca puede superar el 30% del valor catastral de la vivienda.

Cada ayuntamiento tiene sus referencias para el cobro, aquí en Leganés para el cálculo de la plusvalía  se debe de multiplicar el Valor del suelo catastral de la vivienda  por un coeficiente de antigüedad, donde el máximo de antigüedad son 20 años.

Tenemos 30 días desde la firma ante Notario de la venta de la casa para presentarnos en el ayuntamiento.

A pesar de todo, es posible reclamar este impuesto ya que el Tribunal Constitucional lo declaró inconstitucional.

Los impuestos a pagar de un propietario serían Plusvalía fiscal, depende del incremento patrimonial del año en que se compró y del año en el que se vende, pero tiene ciertas excepciones:

  • Ser mayor de 65 años y que sea su vivienda habitual.
  • Reinvertir la ganancia de la venta en otra compra inmobiliaria siempre y cuando no sean mayores de 65 años y Ll reinversión sea para vivienda habitual  

El IBI al vender una casa en Leganés

El IBI es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y varía según cada ayuntamiento. Técnicamente, lo paga la persona que sea dueña de la vivienda el día 1 de enero del año en curso. Por ejemplo, si vendes la casa el día 2 de enero, te corresponde a ti pagar el IBI.

En Leganés el pago del IBI lo puedes tener  fraccionado, y con una bonificación del 5 % si lo tienes domiciliado.

Sin embargo, gracias a una sentencia del Tribunal Supremo, se dictaminó la posibilidad de repartir de forma proporcional el pago del IBI anual entre el comprador y el vendedor.

El IRPF al vender una casa

Sobre este punto, podríamos hacer un video explicativo solamente hablando de IRPF

Resumiendo lo más importante que nos debemos de quedar hoy es que  este Impuesto con bien lo dice es a la Persona Física, por consecuencia deben de saber que hay veces que nos toca pagar según nuestro incremento del patrimonio, Es decir, si la casa se vende por más dinero del que nos costó en su momento  y en otras ocasiones hay exenciones del pago de IRPF

Para saber si toca pagar o no, deben de seguir este procedimiento:

1. Al vender una casa, se realiza una firma ante el notario y el registrador de la propiedad. Gracias a ello queda constancia de la venta del inmueble.
2. Cuando vayas a realizar la declaración de la renta, todo lo relativo a la venta de tu casa ya estará incluido en el modelo que debes cumplimentar.
3. Tu obligación es revisar que toda la información es correcta.

 Por estos puntos o cualquiera que necesite asesoramiento, no dudes en  ponerte en contacto con nosotros o pasando por nuestras oficinas.